Denunciaron al jefe por acoso sexual y las echaron: ahora ordenan reincorporarlas y pagar lo adeudado

Dos empleadas que habían sido despedidas del estado provincial tuvieron que ser reincorporadas, tras las denuncias en el ámbito laboral, por hostigamiento sexual. Según consta en el fallo judicial, las dos mujeres denunciaron a un jefe de sector por «tocarse los genitales al interactuar con ellas».

La decisión fue tomada por la Justicia laboral de Chos Malal que ordenó a la empresa estatal Corfone SA a reincorporar a dos trabajadoras despedidas en octubre de 2024 y pagarles los haberes adeudados desde entonces.

La sentencia, firmada por el juez de la V Circunscripción Judicial, Carlos Choco, declaró que la decisión empresarial fue discriminatoria, al producirse después de que ambas mujeres denunciaran situaciones de acoso y maltrato laboral.

Antes de su desvinculación, las empleadas ya habían advertido a la empresa sobre “actos de hostigamiento, persecución, violencia y discriminación” dentro del aserradero de Las Ovejas, donde cumplían funciones.

Hostigamiento sexual de un jefe de Corfone a empleadas: qué dice el fallo

En la demanda describieron que un jefe de sector “dotaba de contenido sexual a las órdenes e interacciones con las trabajadoras, como señalarse y tocarse los genitales al interactuar con ellas”, además de burlas, cosificación y descalificaciones constantes.

Pese a haber elevado los reclamos al área de Recursos Humanos, no recibieron respuesta, de acuerdo a lo difundido del fallo judicial. Según consta en la demanda, el pasado 9 de octubre de 2024, al presentarse a trabajar, a las dos mujeres se les prohibió el ingreso y se les comunicó que quedaban despedidas. Esto motivó una demanda por parte de las desvinculadas, ya que había otro trasfondo.

En su fallo, Choco resaltó los testimonios de otros trabajadores que corroboraron las denuncias y sostuvo que en el ámbito laboral se habían normalizado “gestos de connotación sexual, burlas, descalificaciones y hostigamiento dirigidos a mujeres”.

El magistrado recordó que en casos de discriminación y violencia de género se aplica un estándar probatorio que obliga al empleador a demostrar que no hubo vulneración de derechos. En cambio, Corfone se limitó a justificar los despidos en “infracciones nimias”, lo que, según el juez, “robustece la conclusión de que la decisión extintiva fue discriminatoria y por ende, nula”.

La Ley de Bases, y un polémico artículo

Además, Choco declaró inconstitucional el artículo 245 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, incorporado por la Ley de Bases (27.742), que buscaba limitar la aplicación de la Ley 23.592 contra actos discriminatorios en el ámbito laboral.

Para el juez, esa disposición “promueve la desigualdad de trato en la ocupación y el empleo”, en contradicción con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

Con la sentencia del juez Choco, la empresa estatal neuquina Corfone deberá reincorporar de inmediato a las dos trabajadoras y abonarles los salarios caídos desde octubre del año pasado.

INFORMACION LMNeuquen

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